Derecho a la desconexión digital y vacaciones

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El derecho a la desconexión digital se regula en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como en el artículo 20 bis del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores. Este artículo establece que:

«Las personas trabajadoras tienen derecho a la intimidad en el uso de los dispositivos digitales puestos a su disposición por el empleador, a la desconexión digital y a la intimidad frente al uso de dispositivos de videovigilancia y geolocalización en los términos establecidos en la legislación vigente en materia de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.»

Además, la Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia limita el uso de los medios tecnológicos durante los periodos de descanso y regula «el derecho a la desconexión digital en los supuestos de realización total o parcial del trabajo a distancia, así como en el domicilio de la persona empleada vinculado al uso con fines laborales de herramientas tecnológicas».

El incumplimiento del derecho a la desconexión digital puede derivar en sanciones impuestas por la Inspección de Trabajo, reguladas en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social:

  • Sanciones leves: hasta 2.450 €
  • Sanciones graves: hasta 49.180 €
  • Sanciones muy graves: superiores a 200.000 €, especialmente cuando se vulneran el derecho a la intimidad y la dignidad de las personas trabajadoras.

Medidas de desconexión digital en las empresas

Las empresas deben implantar un protocolo de desconexión digital que establezca un uso eficiente y racional de los dispositivos electrónicos, el correo electrónico, el teléfono corporativo, etc.

Este protocolo debe garantizar que no se exija respuesta fuera del horario laboral ni durante los tiempos de descanso, permisos, licencias o vacaciones, salvo en casos de fuerza mayor o circunstancias excepcionales.

Asimismo, las empresas están obligadas a informar a las personas trabajadoras sobre su derecho a desconectar los dispositivos electrónicos utilizados para el trabajo fuera de su jornada laboral.

Los trabajadores tienen derecho a:

  • No conectarse a los medios telemáticos de la empresa fuera de su horario laboral.
  • No contestar llamadas, videollamadas, mensajes o correos electrónicos relacionados con el trabajo durante su tiempo libre.

Beneficios de la desconexión digital

Además de ser un derecho, la desconexión digital es un factor crucial que las empresas deben implementar por varias razones.

En primer lugar, favorece el bienestar del empleado, al garantizar el tiempo necesario para descansar y desconectar de la vida laboral, permitiendo un mayor equilibrio con la vida personal.

Por otro lado, diversos estudios demuestran que las empresas que respetan la desconexión digital y promueven un equilibrio saludable entre vida laboral y personal observan un aumento significativo en su productividad.

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