Con más de 65 años de experiencia en el ámbito del derecho laboral, estamos altamente cualificados para asesorarle en esta disciplina. Nuestra misión es ofrecerle un lugar de confianza y escucha, respaldado por nuestro compromiso con usted y su empresa.
Contamos con amplios conocimientos y podemos asistir a todo tipo de empresas.
Ponemos gran énfasis en estar cerca de nuestros clientes para poder ofrecerles un apoyo integral e individualizado.
Buscamos las mejores soluciones posibles, teniendo en cuenta tanto las necesidades de sus empleados como sus requisitos como empresario.
Gracias a nuestros conocimientos y a una gestión meticulosa, podremos anticiparnos a sus necesidades futuras y ayudarle a tomar las decisiones correctas para que pueda trabajar de forma más eficiente y obtener los mejores resultados.
Podemos ofrecerle una amplia gama de servicios, desde la gestión del proceso de contratación hasta la elaboración de nóminas. También podemos coordinarnos con las mutuas para gestionar los accidentes laborales y las bajas por incapacidad temporal.
Otra de nuestras tareas concretas es la preparación y presentación de impuestos, como el Modelo 111 y el Modelo 190.
Una ubicación idónea
Valencia es la tercera ciudad más grande de España, después de Madrid y Barcelona, por lo que elegir esta ciudad para una inversión inmobiliaria es una elección estratégica. Tanto por sus atractivos turísticos como por su arquitectura. Así que es una oportunidad no sólo para alquilar, sino también para comprar como segunda residencia.
Cumplimiento legal:
En Delaguía&Luzón ponemos a su disposición nuestros experimentados abogados y asesores jurídicos, tanto si busca inversión extranjera en España, inversión española en el extranjero o locales en España.
Las adquisiciones inmobiliarias se realizan respetando la legislación vigente en materia de contratos urbanísticos y fiscalidad. También es nuestra responsabilidad anticiparnos a cualquier problema que pueda surgir.
Por ello le asesoramos en los siguientes trámites previos a la adquisición:
Esta lista no es exhaustiva, y adaptamos las comprobaciones y trámites legales a su propiedad y a su situación personal.
Anticipar a los posibles problemas:
Nuestro trabajo se basa en la adaptabilidad, tanto si la aparición de problemas es imprevisible como previsible.
Así, durante la pandemia de 2020, pudimos tratar muy rápidamente el problema de la aplicación de la cláusula «rebus sic stantibus» a los contratos de arrendamiento en un contexto excepcional.
Del mismo modo, podemos confirmar que los problemas previsibles planteados por un proyecto inmobiliario ya están siendo tomados en consideración por nuestro equipo. Se tratarán con la misma rapidez que los problemas imprevistos.
Desde la formación de contratos de arrendamiento hasta los litigios:
Si tiene previsto alquilar su propiedad, es importante que sepa que, contrariamente a lo que se cree, no es jurídicamente sencillo redactar un contrato de este tipo.
Su redacción requiere conocimientos técnicos, tanto en lo que se refiere al cumplimiento de la ley como a la interpretación judicial. Gracias a una carrera de más de 25 años, cada uno de nuestros abogados tiene experiencia suficiente para hacer frente a interpretaciones erróneas o abusos por parte del juez o de la otra parte.
Los servicios que ofrecemos están diseñados para proporcionar un apoyo integral, de la A a la Z.
Tras la compra de un inmueble, ofrecemos los siguientes servicios:
En Delaguía y Luzón podemos prestarle apoyo en materia de recursos humanos en diversas áreas, entre ellas:
Una auditoría laboral nos permite comprobar si su empresa cumple la legislación laboral y las normas de la Seguridad Social, además de conocer su situación. Aunque este procedimiento no es obligatorio, lo recomendamos encarecidamente. Realizar auditorías de forma periódica ayuda a detectar y prevenir irregularidades, evitar posibles conflictos u obtener la información necesaria antes de una venta, fusión o absorción de la empresa. Una auditoría laboral puede abarcar una serie de ámbitos, entre ellos:
Como empresa, hay una serie de normas que deben cumplirse, y para garantizar su cumplimiento, podemos ayudarle con diversas disposiciones legales:
Su empresa debe cumplir la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales. Esta ley se aplica a todas las empresas, independientemente del número de empleados, así como a los contratistas.
Adaptación a la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales y al Reglamento General de Protección de Datos de la UE.
Revisión y actualización de los seguros establecidos en el convenio colectivo.
Uso de programas informáticos para la gestión del tiempo y del personal, que permiten planificar tareas, elaborar estadísticas y controlar horarios.
Según el artículo 48 de la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, es obligatorio establecer condiciones de trabajo que eviten cualquier tipo de acoso, ya sea sexual o por razón de sexo, e implantar procedimientos específicos para su prevención. Asimismo, con independencia del número de trabajadores, se debe establecer un protocolo de identificación de situaciones de acoso (moral, sexual, por razón de sexo), con el fin de resolver las situaciones de discriminación, garantizando el respeto a los derechos de las víctimas.
Según el Real Decreto-Ley 902/2020, de 13 de octubre, las empresas deben elaborar un registro de retribuciones. Este registro debe reflejar la media de los salarios, complementos salariales y beneficios no salariales percibidos por todos los empleados durante un periodo determinado, clasificados por sexo y desglosados por grupo profesional, categoría profesional, nivel, puesto de trabajo, etc., y debe reflejar cada uno de los componentes retributivos percibidos por el personal, como el complemento de antigüedad, la participación en beneficios, el plus de nocturnidad, etc.
En virtud de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, las empresas disponen de un crédito anual de al menos 420 euros para realizar acciones formativas para sus trabajadores. Para poder utilizar este crédito, el centro de formación debe estar acreditado y el crédito ser utilizado antes del 31 de diciembre del año en curso.
Disponemos de los mejores precios como abogados laboralistas en Valencia. Consúltenos para saber cómo podemos ayudarle.
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