Subvención destinada a todos aquellos autónomos que hayan iniciado su actividad a desde el 01 de enero de 2021 en el termino municipal de Valencia.
1.-ENTIDADES BENEFICIARIAS:
Podrán acogerse tanto las personas físicas o jurídicas, como las comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades económicas sin personalidad jurídica, legalmente constituidas y cumplan los siguientes requisitos:
-La titularidad de la actividad debe corresponder a autónomos, microempresas o pequeñas empresas.
-Encontrarse en el término municipal de Valencia.
Quedan excluidas:
-Las administraciones públicas, sus organismos autónomos, las empresas públicas y otros entes públicos, así como las asociaciones, fundaciones y, en general, entidades sin ánimo de lucro.
-El personal autónomo colaborador.
2.-REQUISITOS PARA SER PERSONA O EMPRESA BENEFICIARIA:
-Que hayan comenzado su actividad empresarial y se hayan dado de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA en lo sucesivo) entre el 1 de enero de 2021 y la fecha de presentación de la solicitud de subvención.
-Que el inicio de esta primera actividad genere el alta en el RETA de quien solicita.
-Que el local de desarrollo de la actividad se encuentre en el término municipal de Valènciael domicilio fiscal debe estar en el término municipal de València.
-Que la persona cuya alta en el RETA motive la solicitud de subvención no haya estado de alta en dicho régimen en los últimos 2 meses anteriores a su fecha de alta actual.
3.-OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS Y ENTIDADES BENEFICIARIAS:
-Mantener el alta en el RETA de la persona cuya alta fundamentó la concesión de la subvención durante 12 meses, como mínimo, a partir del día siguiente de la publicación de acuerdo de concesión de la subvención.
4.-CUANTÍA DE LAS AYUDAS.
-Se concederá una cuantía fija de 1.500 € a las solicitudes que cumplan los requisitos en esta convocatoria. Se incrementará en 500 € más cuando la persona cuya alta en el RETA motive la solicitud de subvención pertenezca a uno de los siguientes colectivos:
-Personas jóvenes hasta 30 años a la fecha del alta en el RETA.
-Personas con 45 o más años a la fecha del alta en el RETA.
-Personas que puedan acreditar un grado de diversidad funcional de al menos el 33%.
-Mujeres.
5.-PLAZO DE PRESENTACIÓN:
El plazo de presentación de las solicitudes será desde el 19 de Febrero de 2022 hasta el 11 de Marzo 2022 inclusive.