Después de muchos años defendiendo a nuestros clientes, en el despacho hemos llegado a la conclusión de que, aunque hay un elemento de azar y revisiones sectoriales, existen razones por las que la Administración fiscal puede decidir iniciar un control fiscal.
Motivos para el inicio de un control fiscal
- Detección de gastos deducibles: la Administración fiscal cuenta con una amplia base de datos que facilita la identificación de un alto número de gastos deducibles, lo que puede provocar una inspección para verificar su exactitud y correspondencia.
- Solicitudes de devolución de IVA: la realización de solicitudes de devolución mensual del IVA puede despertar el interés de la Administración.
- IVA intracomunitario: se requiere un número de IVA intracomunitario para realizar operaciones exentas de IVA dentro de la Unión Europea, debido al alto fraude en este ámbito.
- Falta de presentación de formularios: el sistema informático de la AEAT puede señalar casos de olvido o falta de presentación de un formulario obligatorio.
- Demandas de subvenciones: la solicitud de subvenciones puede ser otro factor que active un control.
- Inconsistencias en declaraciones: errores o inconsistencias entre las declaraciones trimestrales y anuales que no se hayan cuadrado anteriormente pueden generar una revisión.
Qué hacer durante un control fiscal
En caso de que ya se esté bajo control fiscal, es importante:
- Acceso del inspector: permitir el acceso al local si el inspector tiene una orden judicial, preferiblemente con la presencia de un abogado o asesor fiscal.
- Colaboración: facilitar el uso de ordenadores de la empresa, siempre que sea posible.
- Documentación tributaria: proporcionar todos los documentos relevantes, como libros contables, archivos informáticos y facturas de ejercicios no prescritos.
- Copias de documentos: es habitual autorizar al inspector a hacer copias de documentos, salvo si se trata de datos confidenciales.
- Colaboración preventiva: mantener un espíritu de colaboración para evitar sanciones por obstaculizar el trabajo de la inspección.
Derechos durante la inspección
Es fundamental conocer que la ley también nos protege:
- Autorización escrita: la inspección debe contar con una autorización escrita de la Agencia Tributaria de la región o domicilio fiscal. Se puede denegar el acceso y solicitar una orden judicial si es necesario.
- Inviolabilidad del domicilio: el domicilio privado es inviolable según la Constitución Española, y se requiere una orden judicial para inspeccionar si se ejerce actividad en él.
- Identificación del inspector: se puede exigir la documentación e identificación del inspector.
- Horario de inspección: la inspección debe realizarse en horario de oficina.
- Acceso a documentos confidenciales: se puede oponer al acceso a cajas fuertes y documentos confidenciales; se necesita orden judicial para ello.
Delaguía & Luzón puede ayudarte
En resumen, es crucial mantener la calma y profesionalidad durante una inspección. La inspección debe realizar su trabajo conforme a la ley.
No se evitará una sanción por ser excesivamente amable, pero tampoco es necesario mostrarse hostil.
Los abogados de Delaguía & Luzón están aquí para defenderte con todos los argumentos jurídicos disponibles, así que si te encuentras en esta situación, contacta con nosotros lo antes posible.