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A partir del 1 de julio de 2025, España implementará una de las regulaciones más ambiciosas de Europa para los alquileres de corta duración, dando cumplimiento al Reglamento (UE) 2024/1028 y desarrollando el Real Decreto 1312/2024.
Esta normativa introduce el Registro Único de Arrendamientos y una Ventanilla Única Digital, con el objetivo de aumentar la transparencia, combatir el fraude y mejorar la supervisión del mercado de la vivienda turística y de temporada.
¿A quién afecta la nueva regulación?
La obligación de registro recae sobre todos los inmuebles destinados al alquiler turístico, de temporada o por habitaciones que se publiciten en plataformas en línea donde se puedan formalizar contratos de alquiler a distancia.
Plataformas afectadas por la normativa
Esto incluye portales como Airbnb o Booking, donde la reserva y el pago se realizan íntegramente en el entorno digital. Sin el correspondiente número de registro, estos alojamientos no podrán seguir operando en dichas plataformas a partir de julio de 2025.
Excepciones al registro obligatorio
Quedan excluidos de esta obligación los portales de anuncios clasificados, así como webs personales sin motor de reserva o canales offline (agencias físicas, publicidad impresa), ya que no permiten la formalización de contratos a distancia.
¿Qué es el Registro Único de Arrendamientos?
Se trata de un sistema centralizado, gestionado por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, que asigna un número de identificación único a cada vivienda destinada al alquiler de corta duración. Este número debe figurar de forma visible en los anuncios y contratos publicados en plataformas digitales de alquiler a distancia.
La Ventanilla Única Digital para alquileres de corta duración
La Ventanilla Única Digital será el punto de acceso para gestionar el registro, consultar datos y realizar trámites relacionados, facilitando así la supervisión por parte de las autoridades y agilizando la gestión para los propietarios.
Cómo registrar alquileres de corta duración
- Plazo de solicitud: desde el 2 de enero hasta el 1 de julio de 2025.
- Dónde: a través del Colegio de Registradores y la Ventanilla Única Digital.
- Documentación necesaria: referencia catastral, dirección exacta del alojamiento y detalles sobre el tipo de alquiler (vivienda completa o por habitaciones).
- Requisitos adicionales: acreditar el cumplimiento de la normativa fiscal, de licencias, seguridad y salud, tanto estatal como autonómica.
Una vez validada la solicitud, el propietario recibirá el número de registro, que será obligatorio incluir en los anuncios publicados en plataformas digitales que permitan la contratación a distancia.
Obligaciones legales para propietarios de alquileres de corta duración
Los propietarios que ofrezcan alquileres de corta duración en plataformas digitales deberán:
- Obtener y mostrar el número de registro en todos los anuncios y contratos.
- Cumplir con la normativa fiscal, declarando los ingresos y abonando los impuestos correspondientes.
- Asegurarse de que la vivienda cumple con las regulaciones administrativas locales, lo que puede implicar la obtención de licencias o permisos específicos.
- Mantenerse informados sobre posibles cambios normativos en su municipio o comunidad autónoma.
Consecuencias del incumplimiento
No cumplir con la obligación de registro conlleva sanciones económicas y legales, que pueden incluir:
- Multas de diversa cuantía.
- Restricciones para operar en plataformas digitales.
- Revocación de licencias o permisos en casos de infracción reiterada.
- Daños reputacionales para los propietarios en el mercado.
Objetivos y ventajas de la nueva normativa
- Transparencia: facilita la identificación de alojamientos legales y combate el fraude.
- Supervisión: permite a las autoridades un mejor control del mercado y la planificación urbanística.
- Protección: garantiza derechos y seguridad tanto a propietarios como a inquilinos.
- Equilibrio: busca compatibilizar el desarrollo del mercado turístico con el derecho constitucional de acceso a la vivienda.
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En Delaguía y Luzón somos especialistas en derecho inmobiliario y arrendamientos urbanos.
Ponemos a tu disposición nuestro conocimiento y experiencia para ayudarte a cumplir con todas las obligaciones legales derivadas del nuevo Registro Único de Arrendamientos; la tramitación del número de registro hasta la adaptación de tus contratos y el cumplimiento de la normativa fiscal y administrativa aplicable.
¿Qué ofrecemos?
- Asesoramiento personalizado para propietarios y gestores de viviendas turísticas o de temporada.
- Gestión integral del proceso de registro y obtención del número identificativo.
- Revisión y adaptación de contratos de arrendamiento conforme a la nueva normativa.
- Consultoría fiscal sobre la tributación de los ingresos por alquiler.
- Actualización continua sobre cambios normativos que puedan afectar a tu actividad.
No dudes en contactarnos para una consulta sin compromiso. Nuestro equipo estará encantado de resolver tus dudas y acompañarte en todo el proceso para que puedas operar con total seguridad y tranquilidad en el mercado del alquiler de corta duración.
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