En pocas palabras
- Verifactu obliga a emitir facturas desde un software (SIF) que registre y envíe cada factura a Hacienda de forma inalterable.
- La factura electrónica B2B (Ley Crea y Crece) obliga a emitir facturas entre empresas en formato estructurado, no PDF.
- No son lo mismo: Verifactu afecta al software; la factura electrónica B2B al formato. Pueden coexistir.
- Las sanciones alcanzan los 50.000 € por programa no adaptado a Verifactu, más multas específicas por la factura electrónica.
En esta guía, el equipo de Delaguía y Luzón explica qué es Verifactu, en qué se diferencia de la factura electrónica B2B, el calendario de obligatoriedad, los requisitos técnicos del software compatible, las sanciones por incumplimiento y los pasos prácticos para adaptarse en 2026.
Qué es Verifactu y por qué afecta a tu negocio
Verifactu es el sistema de verificación de facturación creado por el Real Decreto 1007/2023 y desarrollado por la Orden HAC/1177/2024. Obliga a autónomos y empresas a emitir sus facturas desde un Sistema Informático de Facturación (SIF) homologado que:
- Genere un registro inalterable de cada factura emitida.
- Firme cada registro con un hash encadenado con el anterior (como un blockchain fiscal).
- Envíe o permita enviar en tiempo real cada factura a la Agencia Tributaria (modo Verifactu) o conserve los registros para posible consulta (modo no Verifactu u offline).
El objetivo es terminar con el llamado software de doble uso, es decir, programas que permiten emitir una factura y luego borrarla o modificarla sin dejar rastro. Un problema histórico que ha costado miles de millones en fraude fiscal.
Verifactu vs factura electrónica B2B: no son lo mismo
Es la confusión más habitual entre asesorías y empresas. Vamos a aclararlo con una tabla:
| Concepto | Verifactu (RD 1007/2023) | Factura electrónica B2B (Ley Crea y Crece) |
|---|---|---|
| Qué regula | El software que emite facturas | El formato y canal de la factura |
| A quién obliga | Autónomos y empresas que facturan en territorio común | Empresas y autónomos en operaciones B2B |
| Formato factura | Cualquiera (PDF, papel, electrónica…) | Formato estructurado (Facturae, UBL, CII…) |
| Finalidad | Trazabilidad fiscal e integridad de registros | Lucha contra la morosidad y digitalización B2B |
| Ministerio | Hacienda | Asuntos Económicos |
En la práctica, una pyme deberá cumplir ambas normativas en paralelo: usar un software SIF compatible con Verifactu y emitir facturas estructuradas a sus clientes empresa.
Calendario de entrada en vigor 2026-2027
Verifactu
- 1 de enero de 2026: obligación efectiva para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.
- 1 de julio de 2026: obligación efectiva para el resto de obligados (autónomos y profesionales en IRPF).
- Los fabricantes de software ya debían ofrecer soluciones adaptadas desde el 29 de julio de 2025.
Factura electrónica B2B (Ley Crea y Crece)
- Pendiente del desarrollo reglamentario definitivo, con calendario escalonado por volumen de facturación:
- Empresas con facturación > 8 millones €: en el plazo de 1 año desde la aprobación del reglamento.
- Resto de empresas y autónomos: en el plazo de 2 años.
- Previsión realista: obligatoriedad plena entre 2026 y 2027 según perfil.
Para situación actualizada, consulta el Real Decreto 1007/2023 en el BOE y la ficha de factura electrónica en Ipyme.
¿A quién obliga? Autónomos, pymes y grandes empresas
Verifactu alcanza prácticamente a todos los que emiten factura en territorio español común (fuera de País Vasco y Navarra, que tienen regímenes forales equivalentes como TicketBAI).
Están obligados:
- Autónomos en estimación directa (normal o simplificada).
- Sociedades mercantiles (SL, SA, SLU…).
- Comunidades de bienes y sociedades civiles con actividad económica.
- Empresarios individuales sujetos a IVA y profesionales liberales.
Están excluidos:
- Quienes ya aplican el SII (Suministro Inmediato de Información del IVA): grandes empresas, inscritas en REDEME y grupos de IVA.
- Operaciones de facturación foral (Álava, Guipúzcoa, Vizcaya y Navarra), con sus propios sistemas.
- Quienes facturen exclusivamente mediante factura simplificada o ticket sin obligación de identificar al destinatario.
Requisitos técnicos: qué debe hacer tu software SIF
Un Sistema Informático de Facturación compatible con Verifactu debe:
- Generar un registro de facturación por cada factura emitida, con todos los campos exigidos (NIF emisor y receptor, importes, IVA desglosado, serie, número, fecha…).
- Encadenar los registros con un hash que haga imposible modificar una factura antigua sin invalidar toda la cadena posterior.
- Firmar electrónicamente cada registro con certificado digital.
- Incluir un código QR y la mención VERI*FACTU en cada factura cuando se opera en modo verificable.
- Permitir elegir entre el modo Verifactu (envío en tiempo real a la AEAT) o el modo no Verifactu (conservación local y envío solo si lo exige Hacienda).
- Impedir el borrado o alteración de registros una vez emitidos.
- Permitir la declaración responsable del fabricante de que el software cumple la norma.
Si tu software actual no cumple todos estos puntos, estás expuesto a sanción incluso si llevas tu contabilidad al día.
Sanciones por incumplimiento
El régimen sancionador de Verifactu es contundente:
| Infracción | Sanción |
|---|---|
| Tenencia de software que no cumple requisitos Verifactu | Multa fija de 50.000 € por ejercicio y programa |
| Fabricar o comercializar software no conforme | 150.000 € por ejercicio y por cada tipo de programa |
| Incumplir la obligación de emitir factura en formato electrónico B2B (Ley Crea y Crece) | Hasta 10.000 € |
Son multas por programa, no por empresa: si tu negocio usa dos programas distintos y ambos incumplen, se multiplica.
Cómo elegir un software compatible: 7 criterios
Antes de contratar o renovar tu programa de facturación, comprueba:
- Declaración responsable del fabricante publicada y firmada (debe decir expresamente que cumple el RD 1007/2023).
- Compatibilidad con modo Verifactu y no Verifactu, para poder cambiar según el momento del año.
- Generación automática del código QR y la mención VERI*FACTU en el PDF de la factura.
- Integración con tu asesoría: exportación de registros al formato estándar de la AEAT.
- Compatibilidad con factura electrónica B2B (Facturae 3.2.2 o superior), para no cambiar de proveedor dentro de un año.
- Historial del proveedor y soporte en español. Evita soluciones no mantenidas o de empresa extranjera sin presencia local.
- Precio total incluyendo módulos de firma electrónica, almacenamiento y envío a la AEAT. Algunos programas lo venden como complemento.
Checklist de adaptación paso a paso
Si todavía no has empezado, estos son los pasos ordenados:
- Identifica qué programa(s) usas hoy para emitir facturas (incluye hojas de cálculo y plantillas Word).
- Pide a tu proveedor la declaración responsable de cumplimiento Verifactu. Si no la tiene, busca alternativa.
- Comprueba si tu plan actual incluye el envío en tiempo real o requiere un módulo adicional.
- Confirma que dispones de certificado digital en vigor del titular o del representante.
- Decide con tu asesoría si vas a operar en modo Verifactu (envío inmediato, más tranquilidad) o modo no Verifactu (más control, pero debes conservar los registros 4 años).
- Haz una prueba controlada emitiendo facturas al entorno de pruebas de la AEAT antes de la fecha límite.
- Actualiza tus plantillas y procedimientos internos: todas las facturas desde la fecha de obligación deben llevar QR y la mención.
- Forma a tu equipo administrativo y comercial. Un error en el modo o en la configuración puede implicar reemisiones masivas.
Compatibilidad con tu gestoría o asesoría
La relación con tu asesor contable cambia con Verifactu:
- Ya no se puede pasar las facturas a final de mes en un Excel: los registros deben estar firmados y encadenados al momento de emitirse.
- La asesoría recibe exportaciones estructuradas (XML) en vez de PDFs sueltos, lo que reduce errores de digitalización.
- El asesor contable gana peso como consultor del software: te orienta sobre qué solución encaja con tu volumen y sector.
- Si tu asesoría todavía trabaja con Excel o PDFs, es momento de hablar con ella sobre su propio salto a Verifactu.
Para la parte estratégica de costes y cumplimiento asociado, puedes ampliar en nuestras guías de estrategia y costes laborables y optimización fiscal en España.
Cómo puede ayudarle Delaguía y Luzón
Delaguía y Luzón Abogados asesora a empresas, autónomos y profesionales desde Valencia desde 1960. Le acompañamos en la revisión de su software actual, la selección de un SIF compatible, la implantación de Verifactu y la adaptación a la factura electrónica B2B. Combinamos la perspectiva fiscal, contable y legal para que el cambio no le pille a contrapié. Trabajamos en español, inglés, francés, alemán y ruso.
¿Necesita adaptar su facturación a Verifactu?
Analizamos su software actual, le orientamos sobre la mejor solución y le acompañamos en la implantación de Verifactu y la factura electrónica B2B.
Email: felix.delaguia@delaguialuzon.com
Teléfono: +34 963 74 16 57
Oficina: Avinguda Regne de Valencia, 6, 1º-2º, 46005 Valencia
Preguntas frecuentes sobre Verifactu
¿Verifactu obliga a enviar todas las facturas en tiempo real a Hacienda?
No necesariamente. Si eliges el modo Verifactu, sí: cada factura se envía al emitirla. Si eliges el modo no Verifactu, puedes conservar los registros localmente, pero deben estar firmados y encadenados, y a disposición de Hacienda si los solicita.
¿Si uso un ERP o CRM también tengo que adaptarlo?
Sí. Cualquier software desde el que se emita factura, aunque sea una funcionalidad secundaria del programa, entra dentro del concepto SIF y debe cumplir Verifactu.
¿Qué pasa si facturo solo tickets o facturas simplificadas?
Dependerá del volumen y de si identificas al cliente. En general, los tickets sin identificación del destinatario no entran, pero si emites facturas simplificadas con NIF del cliente, sí quedas sujeto. Consulta con tu asesor.
¿Verifactu sustituye al SII (Suministro Inmediato de Información)?
No. El SII seguirá existiendo para los sujetos obligados (grandes empresas, grupos de IVA, inscritos en REDEME). Verifactu está pensado para el resto, que hasta ahora no estaba en el SII.
¿Puedo seguir facturando en papel o PDF?
En relación con Verifactu, sí: el formato de factura entregada al cliente puede seguir siendo papel o PDF, siempre que el software que la genera cumpla los requisitos. Pero recuerda que la factura electrónica B2B (Ley Crea y Crece) obligará, cuando entre en vigor, a formato estructurado entre empresas.
¿Qué sanciones son las más probables en los primeros controles?
Hacienda ha anunciado un enfoque inicial centrado en comprobar la tenencia de software conforme más que en errores puntuales. La multa fija de 50.000 € por tener software no adaptado será la señal de alerta más repetida en 2026.
¿Cuánto cuesta adaptarse para una pyme?
Varía según el software. Soluciones cloud orientadas a pymes y autónomos oscilan entre 10 € y 60 €/mes por usuario, con la actualización a Verifactu normalmente incluida. ERP a medida pueden requerir inversión puntual de miles de euros en adaptación.
