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¿Qué es el Modelo 720?
El Modelo 720 es una declaración informativa que deben presentar las personas físicas y jurídicas residentes fiscales en España.
Mediante este modelo se informa anualmente sobre el valor de determinados bienes y derechos situados en el extranjero de los que sean titulares, cotitulares, beneficiarios o autorizados.
Esta obligación fue introducida por el Gobierno español para reforzar la lucha contra el fraude fiscal.
¿Quién está obligado a presentar el Modelo 720?
Están obligados quienes, siendo residentes fiscales en España a 31 de diciembre del año anterior, posean bienes o derechos en el extranjero cuya valoración conjunta supere los 50 000 euros en cualquiera de los siguientes bloques:
- Cuentas y depósitos bancarios en entidades extranjeras.
- Valores, derechos, seguros y rentas (acciones, participaciones, seguros de vida, rentas temporales o vitalicias, etc.).
- Bienes inmuebles y derechos sobre ellos (propiedades inmobiliarias, usufructos, nuda propiedad, etc.).
Si ya se presentó el Modelo 720 en años anteriores, solo será obligatorio volver a presentarlo si el valor de alguno de los bloques aumenta en más de 20 000 euros respecto a la última declaración, o si se pierde la titularidad o condición declarada sobre alguno de los bienes.
¿Cuándo se presenta?
La declaración debe realizarse de forma telemática entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente al ejercicio fiscal declarado.
Por ejemplo, para declarar bienes poseídos a 31 de diciembre de 2024, el plazo es hasta el 31 de marzo de 2025. Si existen problemas técnicos que impidan la presentación, se conceden algunos días adicionales para completarla.
Ejemplos de obligación
Estarás obligado a presentar el Modelo 720, entre otros supuestos, si:
- Has vendido o comprado una propiedad en el extranjero.
- Tus inversiones han vencido o han sido vendidas.
- Tienes un seguro de vida en el extranjero.
- Has abierto o cerrado una cuenta bancaria fuera de España.
Sanciones por incumplimiento
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) declaró en 2022 que el régimen sancionador anterior era excesivo y desproporcionado. Actualmente, las sanciones por presentar fuera de plazo sin requerimiento previo son de 100 euros por dato o conjunto de datos, con un mínimo de 1500 euros por bloque de información. No obstante, la obligación de declarar sigue vigente y es fundamental cumplirla para evitar complicaciones fiscales.
La obligación de presentar el Modelo 720 se mantiene, pero las sanciones han sido ajustadas para cumplir con la normativa europea.
Notas adicionales:
El Modelo 720 no incluye criptomonedas para los ejercicios hasta 2022; para ejercicios posteriores, consulta la normativa vigente.
La presentación es exclusivamente online, a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.